29 noviembre 2011

Acuerdo del Consejo Local de IULVCA de Lora del Río

El Consejo Local de Izquierda Unida de Lora del Río ante las informaciones falsas transmitidas a los medios de comunicación por personas que NO son militantes de IU de Lora del Río y que se dirigen como tal sin serlo, tenemos que manifestar lo siguiente:
No vamos a permitir la Injerencia externa y de otros partidos en la política interna de IU, y por lo tanto denunciaremos la actuación de estos partidos a la ejecutiva provincial y a la Mesa Antitransfuguismo.
Que el señor Montanero desde que fue elegido NO se ha reunido NI una sola vez con los órganos elegidos democráticamente por la Asamblea de IU y sin embargo si lo ha hecho con los partidos de la Derecha local, teniendo con estos una estrategia común en los Plenos, convirtiéndose de forma virtual en un concejal más de la Derecha loreña.
Que como es bien sabido en el Pleno de 2 de Noviembre votó distinto del grupo municipal, todo el mundo conoce lo que significa esto en cualquier órgano democrático y por lo tanto no nos dejaba otra alternativa que actuar, como así él sabia y según manifestó deseaba.
Todo el proceso que describimos a continuación se ha hecho con las garantías y plazos que contemplan nuestros Estatutos.
Se inicia expediente sancionador a Don Francisco Ramón Montanero Muñoz por parte del Consejo Local de Lora del Río por acuerdo de éste de fecha 7 de Noviembre de 2011 y comunicado el pliego de cargos al interesado en carta certificada de 8 de Noviembre de 2011 (CD0073168 Oficina 4144006 de Lora del Río) y habiendo pasado el plazo de alegaciones sin haber recibido ninguna en el tiempo estipulado por los Estatutos de IULVCA.
El Consejo Local de IU de Lora del Río acuerda el 24 de Noviembre lo siguiente:
Según recoge los Estatutos de IULVCA en el artículo 28 son infracciones muy graves: “Las conductas contrarias a las resoluciones y acuerdos adoptados por los órganos competentes, así como no respetar las decisiones democráticamente adoptadas, cuando ello, además de trascendencia exterior, se haga de forma organizada, colectiva o en grupo”.
Entiende el Consejo Local que se produjeron las siguientes faltas graves y muy graves:
Faltar a un Pleno y a una Comisión Informativa sin justificación y sin avisar a los compañeros de grupo Municipal
· Faltar sin justificación a las reuniones del Grupo Municipal donde se establecía el criterio de voto en comisiones y plenos
· Ejercer representatividad de IULVCA en distintas reuniones sin que el Consejo Local lo hubiera designado para ello.
· Mantener reuniones con otros partidos políticos desvelando datos de nuestra organización, y planeando estrategias en contra de IULVCA de Lora del Río
· Afirmar públicamente su deseo de pasar al “grupo mixto”, afirmaciones recogidas en los medios de comunicación y que no han sido desmentidas en ningún momento.
· No reconocer la representatividad del Consejo Local elegido democráticamente.
· Romper la disciplina de voto en el Pleno del Ayuntamiento de Lora del Río de 2 de Noviembre en los puntos 6, 7 y 10 del Orden del día
· Hacer manifestaciones en los medios de comunicación contrarias a las decisiones tomadas por el Consejo Local de IULVCA de Lora del Río
Ante estos hechos el Consejo Local de Lora del Río acuerda el 24 de Noviembre las siguientes sanciones y acuerdos:
· Expulsión como militante de IULVCA de Don Francisco Ramón Montanero Muñoz
· Exigir la entrega de acta de concejal a Don Francisco Ramón Montanero Muñoz
· Elaborar un dossier para trasladar a la Comisión de Seguimiento del Pacto Antitransfuguismo para solicitar que declare TRÁNSFUGA a Don Francisco Ramón Montanero Muñoz
· Expulsar a Don Francisco Ramón Montanero Muñoz del Grupo Municipal de IULVCA en el Ayuntamiento de Lora del Río
Por lo que se acuerda comunicar al interesado las sanciones anteriores, y que tiene quince días de plazo desde la notificación de dichas sanciones, para formular las alegaciones o acciones que estime oportunas.

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