06 mayo 2014

Iniciado el expediente para adoptar y rehabilitar los símbolos del Ayuntamiento de Lora del Río (escudo heráldico y bandera)


El Ayuntamiento de Lora del Río ha aprobado en la última sesión plenaria ordinaria el inicio del expediente para levar a cabo la adopción y rehabilitación de símbolos del Ayuntamiento de Lora del Río (escudo heráldico y bandera), conforme al informe emitido por el historiador local José González Carballo (de fecha 26 de marzo de 2014).
Este informe señala textualmente:
Escudo: Escudo castellano. En campo de plata, un laurel terrasado superado de corona marquesal fileteada de sable. Bordura de azur con filieras de oro. Al timbre, corona real española cerrada.
El laurel se identifica con el nombre del municipio. La corona marquesal, de clara alusión señorial, indica que la localidad, tras la conquista cristina, llevada a cabo en 1247, quedó fuera del sistema de justicia y administración real, no sometida directamente a la autoridad del rey. Asimismo, la corona viene a señalar su soberanía, jurídicamente establecida en 1259 en la Carta-Puebla con el privilegio de villazgo y la condición de capital o cabeza de un amplio término sujeto a su jurisdicción. La divisa o lema de nuestro escudo va colocada en una cinta flotante de plata fileteada de azur en la que con letras romanas, de sable, puede leerse la inscripción MVNICIPIUM FLAVIVM AXATITATVM, señalando que Lora, la Axati que menciona Plinio el Viejo, fue uno de los municipios romanos o latinos que se constituyeron gracias a la promoción jurídica de las ciudades de Hispania concedida por el emperador Flavio Vespasiano.
Bandera: Rectangular, un tercio más larga que ancha, en la proporción de once por dieciocho, de tafetán carmesí como estandarte de la milicia jerosomilitana y lleva en el centro una cruz de tela blanca octogonal, de ocho ángulos y ocho puntas, propia del hábito de los caballeros de la Orden Militar del Hospital de San Juan de Jerusalén, bajo cuyo señorío permaneció la localidad desde mediados del siglo XIII hasta el siglo XIX, 633 años”.
De esta manera, ahora se abre un periodo de información pública del acuerdo a las asociaciones vecinales y aquellas otras cuyo objeto social esté directamente con la conservación y promoción del patrimonio histórico, artístico y cultural de la entidad local, que estén inscritas en el Registro.

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