22 noviembre 2012

El Ayuntamiento de Lora del Río repartirá 40.000 euros en la convocatoria de subvenciones para asociaciones y entidades para 2012

El Ayuntamiento de Lora del Río, a través de la Concejalía de Participación Ciudadana, ha publicado las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas a asociaciones para el año 2012. De esta manera, podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las asociaciones que apoyen la realización de actividades estatutarias de entidades que tengan por objeto la defensa de intereses generales o sectoriales de los vecinos y vecinas de Lora del Río.
Así, el Ayuntamiento de Lora del Río ha previsto una cuantía global en esta convocatoria de subvenciones de 40.000 euros. Podrán solicitar subvención las asociaciones de Lora del Río inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas o que hayan solicitado su inscripción, que no tengan ánimo de lucro, que vayan a desarrollar las actividades descritas y reúnan los requisitos previstos en las bases.
Con carácter general y sin perjuicio de los criterios propios que se establezcan en las respectivas convocatorias, éstas deberán respetar en todo caso para el otorgamiento de las subvenciones, los siguientes principios: interés general de la actividad y beneficio para los ciudadanos de Lora del Río; inexistencia o déficit de actividades análogas; y prioridad para aquellas actividades que sin la subvención serían de difícil puesta en funcionamiento. No serán conceptos subvencionables en ningún caso: sueldos y salarios, comidas, e inversiones.
El plazo de presentación de documentación para optar a estas subvenciones permanecerá abierto del 21 de noviembre al 11 de diciembre de 2012, entregándose los impresos y documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Lora del Río y dirigidos al Concejal Delegado de Participación Ciudadana.
Los criterios generales de valoración que se tendrán en cuenta para el otorgamiento de las subvenciones son los siguientes:
  1. Su representatividad y el grado de interés o utilidad de sus fines.
  2. El rendimiento social y cultural previsto en función de su calidad, costo, número de receptores, tipo de actividad a realizar.
  3. La adecuación de los recursos y medios materiales y personales a los objetivos propuestos y que estén claramente especificados.
  4. La obtención concurrente de otros ingresos de carácter público para el mismo fin, podrá dar lugar a modificar la cuantía de la subvención.
  5. Duración y continuidad de las actividades.

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