Esta exitosa actividad socio-agrícola se desarrolla en Lora del
Río desde hace varios años y desde éste en la pedanía loreña de
El Priorato.
La Casa de la Juventud de Lora del Río ha acogido en la mañana del
jueves 13 de marzo la entrega de la adjudicación de los 61 huertos
sociales existentes en Lora del Río a otros tantos/as vecinos/as de
la localidad en la convocatoria de este año, en un acto organizado
por el Ayuntamiento de Lora del Río, a través de la Concejalía de
Agricultura. El acto fue presidido por el concejal-delegado de
Agricultura, Miguel Ángel Rosa, el cual agradeció “la
colaboración de los adjudicatarios de los huertos sociales que hace
posible año tras año que esta actividad se siga desarrollando
adecuadamente”.
Huertos sociales de Lora del Río
El consistorio loreño aprobó en la sesión plenaria ordinaria del
17 de mayo de 2004 el Reglamento para la cesión y gestión de los
huertos sociales y de ocio de esta localidad, que regula los huertos
sociales en una superficie total de 10.320’37 metros cuadrados de
titularidad pública y carácter patrimonial en una parcela situada
junto a la Planta de Transferencia de Residuos de Lora del Río, con
un total de 61 parcelas. Los requisitos para poder optar a un huerto
social son: que sea mayor de 65 años, que cuente con el carné de
pensionista, y que esté empadronado en Lora del Río.
La ordenanza municipal aprobada en Lora del Río tiene por objeto la
regulación de la cesión temporal en precario, por razón de interés
público, de los huertos sociales. En total, la superficie que ocupan
los huertos sociales es de algo más de 10.320 metros cuadrados,
divididos en 61 parcelas con una extensión aproximada cada una de
100 metros cuadrados, vinculadas a la mejora de las condiciones de
vida de las personas mayores, prevaleciendo así la rentabilidad
social sobre la económica.
Los huertos sociales se destinan al ocio y recreo de los ciudadanos
mediante el ejercicio en ellos de la agricultura ecológica,
dedicándose estos productos al autoconsumo familiar, no pudiéndose
en ningún caso comercializar, ni individual ni colectivamente por
ninguna vía dichos productos.
Según el concejal-delegado de Agricultura loreño, Miguel Ángel
Rosa, estos huertos sociales van dirigidos en principio a personas
con más de 65 años, “ya que se persiguen varios objetivos, por un
lado tiene una finalidad terapéutica, ya que sirve de distracción y
ocio para nuestros mayores, como alternativa para ir a los bares; por
otro lado, es muy recomendable para la salud, ya que el trabajo al
aire libre vendrá muy bien para los mayores, y además servirá para
la integración social de estos, y por supuesto, podrán llevar a
casa productos de la tierra cultivados por ellos mismos”.
La parcela donde se ubican estos huertos sociales cuenta con agua de
muy buena calidad en un pozo situado a 15 metros de la misma, y
además se cuenta con suministro eléctrico y una pequeña caseta
para guardar los aperos de labranza.
El huerto se cede a un único adjudicatario que no podrá cederlo, ni
traspasarlo en ningún caso. En cuanto a los criterios para la
cesión, se tendrá en cuenta: la edad (será condición
indispensable una edad mínima de 60 años cumplidos), los ingresos y
la orden de recepción de solicitudes.
En cuanto al uso de los huertos, el Reglamento aprobado por la
corporación municipal loreña señala que será exclusivamente el
agrícola de hortalizas, flores y frutas, y producción de plantas
ornamentales, hortícola y forestal. El tipo de agricultura a
practicar será la ecológica estando expresamente prohibido el uso
de herbicidas, pesticidas y abonos de síntesis, siendo además el
riego por goteo.
El Reglamento también establece una serie de prohibiciones: queda
prohibido el almacenaje de cualquier tipo o la construcción de
cualquier obra o instalación; no estará permitido en los huertos la
permanencia de ningún tipo de animal ni la plantación de árboles
que formen setos o priven del sol a los huertos vecinos; estará
totalmente prohibido el uso del huerto como residencia tanto para
personas como para animales, cuyo incumplimiento derivará en el
desahucio administrativo y en la imposibilidad de obtener una nueva
cesión; y en ningún caso el riego se llevará a cabo por el método
de inundación.
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