El Ayuntamiento de Lora del Río, a través de la Concejalía de
Bienestar Social, Igualdad e Infancia, ha informado que ha sido
incluido en el programa de contratación de medidas extraordinarias y
urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía
(contemplado en el Decreto Ley 7/2013 de 30 de abril, por la
Dirección General de Servicios Sociales y Atención a las
Dependencias). De esta manera, siguiendo el procedimiento acordado
por el Ayuntamiento de Lora del Río en el Centro de Servicios
Sociales, se abrió el periodo de solicitud desde el 1 al 16 de
agosto para todas las personas interesadas en participar en el
programa. Una vez recepcionadas todas las solicitudes son valoradas
según los criterios que el propio Decreto Ley establece en los
artículos 8 y 9 del capítulo I.
Y que son los siguientes:- Que en el momento de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo durante un periodo de 365 días en el último año y medio.
- Que en el momento de presentación de la solicitud para acogerse al Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:
- Que todos sus miembros tengan residencia efectiva en la Comunidad Autónoma Andaluza y estén empadronados en el mismo domicilio como mínimo desde el 1 de Junio de 2012.
- Que el importe máximo de ingresos del conjunto de personas que formen la unidad familiar sea inferior a 1,5 veces el indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Para lo que se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios.
Entre las personas solicitantes que cumplen estos requisitos, se
elabora relación de personas propuestas a la contratación y cuyo
orden responde a los indicadores de prioridad que el Decreto Ley
establece, que son los siguientes:
- Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde todos los miembros que tengan la consideración de población activa, hayan permanecidos inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo durante los seis meses anteriores a la fecha de solicitud.
- Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.
- Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.
- Que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33% o se encuentre en situación de dependencia.
- Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo a cargo.
- Que la persona solicitante o al menos uno de los miembros de la unidad familiar sea víctima de violencia de género.
- Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos hijos a cargo.
La relación de personas que se proponen para la contratación estará
en el Centro de Servicios Sociales Comunitarios, donde se dará
información a las personas que han realizado solicitud de
participación en el Programa. De igual forma, se realizará nota
informativa de la finalización del proceso de baremación y
selección de aspirantes en los medios utilizados previamente para la
publicidad del Programa, página web del Ayuntamiento y página
Facebook de la Concejalía de Bienestar Social.
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